Esta guía incluye consejos que te permitirán terminar el proceso lo más rápidamente posible.
IMPRESOS QUE DAN EN EL HOSPITAL
Unas horas después del parto os llevarán dos documentos a vuestra habitación:
Cuando abandonéis el hospital, deberéis recoger en la oficina de Administración:
El hospital rellena los datos relativos al parto (hora del parto, etc.) pero el resto tenéis que hacerlo vosotros.
Una vez rellenados no se los queda el hospital, sinó que tenéis que llevarlos al Registro Civil (ver el paso siguiente). Rellenadlos tranquilamente antes de ir para allá, ya que son un poco largos.
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ALTA DEL BEBÉ EN EL REGISTRO CIVIL
Documentos que hay que llevar:
Si tenéis intención de emitir el DNI del bebé en los próximos meses, aprovechad para pedir que os emitan el siguiente documento:
En el caso de parejas casadas sólo es necesario que vaya uno de los padres, en caso contrario tendréis que ir los dos. También tendréis que ir los dos si queréis invertir el orden de los apellidos del bebé.
Este trámite hay que hacerlo pasadas 24h del nacimiento y en un máximo de 8 días.
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BAJA POR MATERNIDAD EN EL MÉDICO DE CABECERA
Es necesario pedir visita con el médico de cabecera de la madre en su Centro de Atención Primaria (CAP).
![]() Documentos que hay que llevar:
Normalmente permiten que la baja por maternidad pueda recogerla de vuestra parte otra persona (el padre u otro familiar directo) para que no tenga que ir la madre.
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PEDIR CERTIFICADO EN LA EMPRESA DE LA MADRE
Este trámite no han de realizarlo las trabajadoras autónomas.
El permiso de maternidad funciona de forma similar a una baja por enfermedad: la empresa se hace cargo del salario de los 2 primeros días y el resto (hasta las 16 semanas) lo cubre la Seguridad Social. Por eso es necesario que el responsable de recursos humanos prepare un certificado donde conste lo que cobra la madre. Documentos que hay que llevar:
Existe la posibilidad de gastar los días del permiso en forma de media jornada en lugar de jornada completa y de fraccionar la baja en semanas independientes.
Una vez terminado el permiso de maternidad, se dispone de 1 hora de ausencia diaria por permiso de lactancia durante 20 semanas. Las madres (o los padres) que no quieran usar este permiso tienen la posibilidad de acumular las horas en jornadas completas y disfrutarlas en el periodo que pacten con la empresa, normalmente a continuación del permiso de maternidad.
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PEDIR CERTIFICADO EN LA EMPRESA DEL PADRE
Este trámite no han de realizarlo los trabajadores autónomos.
El permiso por paternidad funciona exactamente igual que el permiso por maternidad: la empresa se hace cargo del salario de los 2 primeros días y el resto (hasta las 16 semanas) lo cubre la Seguridad Social. Por eso es necesario que el responsable de recursos humanos prepare un certificado donde conste lo que cobra el padre. Documentos que hay que llevar:
Existe la posibilidad de gastar los días del permiso en forma de media jornada en lugar de jornada completa y de fraccionar la baja en semanas independientes.
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